En 2015 Obama firmó una Orden Ejecutiva que declaraba al gobierno de Venezuela como “una inusual y extraordinaria amenaza a la Seguridad Nacional de Estados Unidos”. La declaratoria, que se cree fue inspirada por el entonces vicepresidente Joe Biden, al cumplir su vigencia, fue prorrogada por Donald Trump y recientemente por el propio Biden, lo cual significa que la amenaza sigue en vigor. Considerando la asimetría de poderes de los dos países, pareciera una desmesura que la primera potencia del mundo declare formalmente amenazada en su seguridad por un país deshecho institucionalmente y en precarias condiciones económicas. Pero tiene sentido. Veamos.
La declaración es una facultad del presidente que le otorga el título 50 Capítulo 35 de la Ley de Poderes Económicos y de Emergencia Internacional en casos de “amenazas a la seguridad nacional”, hecho que permite poner en movimiento acciones para enfrentarla tales como establecer restricciones y prohibiciones comerciales y/o financieras en caso de que se considere que un determinado país le causa daño a Estados Unidos. No se trata pues de providencias para enfrentar una amenaza militar o una invasión. La sola consideración de que un país le pueda causar un daño a la seguridad de Estados Unidos, el presidente puede activar esta facultad. Este marco legal permitió las sanciones.
Injerencia, no intervención
Bajo un marco legal semejante, más estricto, el gobierno de Estados Unidos intervino en países de América Latina en decenas de oportunidades e involucró a militares y a agentes de inteligencia. A la caída del imperio soviético en 1989, después de un gran debate público, se concluyó que habría sido improbable que se hubiera materializado una amenaza creíble a Estados Unidos de cualquiera de los gobiernos que habían sido depuestos, si hubieran permanecido en el poder. El establecimiento americano llegó a la convicción de que las intervenciones militares, no sólo habían sido inefectivas, sino que causaron un irreparable daño al prestigio de la nación.
Hugo Chávez nunca ocultó su hostilidad y la intencionalidad de hacerle daño a Estados Unidos y en repetidas ocasiones anunció el fin del imperialismo yanqui. De todas estas amenazas de Chávez la más perversa fue su «estrategia» de usar un masivo tráfico de drogas hacia el norte como una forma de lucha «antiimperialista» y de paso hacerse inmensamente rico. Esta «estrategia antiimperialista» y el daño que ha provocado a Estados Unidos no ha cesado con Maduro, todo lo contrario. Defenderse tiene absoluta lógica.
Como ya no es dable intervenir, Biden acude a otra alternativa. Con esta nueva aproximación, que incluye el narcotráfico, el presidente Biden firmó un memo complementario al de Obama con el título: Memorándum sobre el Establecimiento de la Lucha Contra la Corrupción como un Interés Central de la Seguridad Nacional de Estados Unidos. Por primera vez la Casa Blanca hace de la corrupción un factor clave y le da una entidad tal, que representa una “amenaza a la seguridad de Estados Unidos”. “Solo en términos financieros -dice Biden en su Memo- se estima que los costos de la corrupción consumen entre 2% y 5% del producto interno bruto mundial”.
Una amenaza y una debilidad
A diferencia de Trump, Biden no quiso alardear de una respuesta militar. La corrupción, razona el Memo, “corroe la confianza pública; obstaculiza la gobernanza eficaz; distorsiona los mercados y el acceso equitativo a los servicios; socava los esfuerzos de desarrollo; contribuye a la fragilidad nacional, al extremismo y a la migración; proporciona a los líderes autoritarios un medio para socavar las democracias en todo el mundo…”. Una amenaza.
En el Índice de Percepción de la Corrupción de Transparencia Internacional, la Venezuela bolivariana figura entre los primeros países más corruptos del mundo. Venezuela es el único país en la historia de Estados Unidos a cuyo jefe de Estado en ejercicio y a la cúpula de su gobierno, la justicia les ha formulado cargos por corrupción y ofrecido recompensas multimillonarias por su captura. Pdvsa tiene el récord de ser la empresa con más funcionarios procesados por corrupción en Estados Unidos desde que se promulgó la Ley de Prácticas Corruptas en el Exterior en el año 1977. La expansión de la corrupción en Venezuela excede a todo lo conocido de otras latitudes. Si bien el flagelo de la corrupción hace del gobierno de Venezuela una amenaza también ofrece un flanco débil que justifica una reacción
A diferencia de Trump, Biden no quiso alardear de una respuesta militar. La corrupción, razona el Memo, “corroe la confianza pública; obstaculiza la gobernanza eficaz; distorsiona los mercados y el acceso equitativo a los servicios; socava los esfuerzos de desarrollo; contribuye a la fragilidad nacional, al extremismo y a la migración; proporciona a los líderes autoritarios un medio para socavar las democracias en todo el mundo…”. Una amenaza.
En el Índice de Percepción de la Corrupción de Transparencia Internacional, la Venezuela bolivariana figura entre los primeros países más corruptos del mundo. Venezuela es el único país en la historia de Estados Unidos a cuyo jefe de Estado en ejercicio y a la cúpula de su gobierno, la justicia les ha formulado cargos por corrupción y ofrecido recompensas multimillonarias por su captura. Pdvsa tiene el récord de ser la empresa con más funcionarios procesados por corrupción en Estados Unidos desde que se promulgó la Ley de Prácticas Corruptas en el Exterior en el año 1977. La expansión de la corrupción en Venezuela excede a todo lo conocido de otras latitudes. Si bien el flagelo de la corrupción hace del gobierno de Venezuela una amenaza también ofrece un flanco débil que justifica una reacción defensiva.
Estados Unidos se prepara, pues, para un enfrentamiento decisivo para librarse de esta amenaza de una vez por todas. Esas son las señales que están a la vista. Las investigaciones que por corrupción se le sigue a centenares de funcionarios venezolanos han aumentado exponencialmente. Se han bloqueado bienes y prohibido la entrada a Estados Unidos a centenares de funcionarios venezolanos sospechosos de complicidad o responsables de ordenar, controlar, dirigir o haber participado, directa o indirectamente, en acciones o políticas que minan el proceso democrático o las instituciones como actos significativos de violencia o conductas que constituyen un abuso serio o violación de derechos humanos. Plan de deportaciones masivas de chavistas turistas y residentes en Estados Unidos se suscribe en estos planes defensivos.
El pasado mes de diciembre la Casa Blanca publicó un documento complementario: “Estrategia de los Estados Unidos para Contrarrestar la Corrupción». El documento describe un enfoque interinstitucional y transfronterizo que incluye: “recursos adicionales; coordinación entre agencias federales; un mayor escrutinio a los receptores de los sobornos y a los guardianes que facilitan la corrupción; aprovechar el régimen legal existente contra el lavado de dinero y la recuperación de activos en la lucha contra la corrupción; y mayor coordinación con socios internacionales”.
Se trata de un arreo de organismos y atribuciones que semejan a los preparativos de una invasión militar, pero es civil en toda su naturaleza. En ello participan, el Departamento de Justicia, la Comisión de Bolsa y Valores, Red de Ejecución de Delitos Financieros del Tesoro (FinCEN), el Departamento de Comercio, la Agencia para el Desarrollo Internacional (USAID), el Departamento de Estado, el FBI y la CIA. Todas estas agencias tienen atribuciones que emanan de la draconiana Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA), por sus siglas en inglés.
La jurisdicción
Se puede caer en el ámbito jurisdiccional de esa ley por usar correos electrónicos de Estados Unidos o cualquier otro medio de “comercio interestatal”, para cumplir un pago corrupto a un funcionario extranjero por medio de un banco americano. Una llamada telefónica internacional o el envío de un correo electrónico, por mensaje de texto, WhatsApp o fax desde, hacia o a través de Estados Unidos. Una transferencia desde o hacia un banco de Estados Unidos o que se use el sistema bancario de Estados Unidos, así como viajar a través de un estado de la Unión o internacionalmente hacia o desde Estados Unidos. Todos estos son eventos que activan la “jurisdicción” de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de Estados Unidos.
Igualmente queda bajo la jurisdicción de esta ley toda persona natural o funcionario de cualquier corporación, sociedad, asociación, sociedad anónima, fideicomiso comercial, organización no incorporada o empresa unipersonal cuyo lugar de negocios sea Estados Unidos. Por vía de la concepción de “interés doméstico» que indica la ley, cualquier entidad que esté organizada de alguna forma bajo las leyes de cualquier estado, territorio, posesión o mancomunidad de Estados Unidos es sujeta a esta jurisdicción.
El Departamento de Justicia está desempolvando viejas teorías legales para responsabilizar a ejecutivos de corporaciones por irregularidades cometidas por sus subsidiarias en el extranjero. Cuando este amplio concepto “jurisdiccional” no se puede imponer, los fiscales acuden a los supuestos legales del “lavado de dinero”. En los delitos de corrupción hay siempre capitales que tienen que ser movilizados y blanqueados.
Se anticipa que el cerco planificado será tan estrecho que algunos núcleos urbanos de Venezuela podrán devenir de hecho en refugios o amplias prisiones con accesos a discotecas y bodegones, insignias de la vida opulenta de algunos altos funcionarios bolivarianos. ¿Por cuánto tiempo?
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