Anteproyecto de Ley de Propiedad Social

El Mundo Economía y Negocios
17 POLÍTICAS PÚBLICAS Lunes 18 de Mayo de 2009

LEGISLACIÓN

Sindicatos están de más en “la propiedad social”

El diputado Ulises Daal dice que no se prohíben, pero que en esos modelos todos son “patronos” Los salarios se definirán en dos niveles, según el trabajo aportado y el grado de responsabilidad

Las organizaciones sindicales pierden vigencia dentro de los medios de producción de propiedad social, según el diputado del Psuv, Ulises Daal, quien explicó que “un patrono no puede armar una estructura para reclamarse a sí mismo”.

No obstante, en su opinión la Ley Orgánica del Trabajo seguirá siendo el marco legal que rija la relación laboral en estas empresas, en el que se mantiene el derecho a la sindicalización.

Pero el parlamentario considera “que sería innecesario crear sindicatos, pues allí todos son patronos”. En el organigrama de las empresas de propiedad social se contempla un equipo gerencial, integrado por representantes de todos los sectores involucrados.

Para Daal eso garantiza que se reconozcan los derechos contractuales de cada trabajador.

“Se dice que la Ley de Propiedad Social va contra los sindicatos, pero no es así, no están prohibidos, la ley garantiza ese derecho. Sin embargo, creemos que sería un contrasentido”, insistió.

Dos niveles salariales El proyecto de ley contempla que las relaciones de trabajo deben basarse en la igualdad y en la no diferenciación de beneficios económicos, según la ubicación jerárquica en el trabajo.

Ante esto, Daal aclara que “no habrá una tabla rasa en materia salarial”.

Los salarios se determinarán según el trabajo aportado y el nivel de responsabilidad.

El nivel de profesionalización según Daal sí cuenta, pero “no es que yo soy ingeniero en computación y sólo hago eso. La idea es acabar con la división del trabajo, para que todos participen en los procesos independientemente de la especialización que tengan”.

Para el asambleísta debe haber un justo reconocimiento del trabajo aportado.

Base constitucional Luego de 24 borradores, el equipo redactor de la ley que trabaja la Comisión de Participación Ciudadana, decidió no definir los tipos de propiedad que existen y dejarle ese trabajo a la Constitución.

En el texto de ley sólo se limitaran a aclarar que este tipo de propiedad “no irá en detrimento de las demás formas de propiedad reconocidas”.

Sólo tipificará los tipos de propiedad social que existirán: propiedad social indirecta, directa, delegada y mixta.

El asambleísta también recuerda que este tipo de propiedad sí está presente en la Carta Magna, en los artículos 70, 118 , 184, 308 y en la exposición de motivos.

“En esos artículos se establece la participación del pueblo en los procesos productivos, y que para eso es necesario crear una ley. Con esta ley vamos a reglamentar este tipo de propiedad”, señaló Daal.

Una vez lista la ley, el Estado tendrá la forma legal para transferir a los ciudadanos organizados la dirección y administración de empresas no estratégicas, que en la actualidad maneja el Gobierno.

A juicio de Daal, el Banco de Venezuela representa una empresa estratégica que maneja el tema financiero, y no debe ser transferida. Lo mismo ocurre con el sistema matriz de Pdvsa, la energía eléctrica, y aeropuertos.

MMR

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